Con las restricciones aprobadas por esta Directiva, se pone en riesgo la estabilidad de más de 700 empresas de intermediación laboral, que durante el año 2009 fueron registradas ante la Autoridad Administrativa de Trabajo y que involucran hasta 35 rubros distintos de actividades complementarias. También la continuidad de los más de 120 mil contratos con trabajadores y 4,100 contratos con empresas usuarias que ese mismo año fueron registrados ante el Ministerio de Trabajo, anota la CCL.
No se ajusta a la Ley
La Cámara refiere que esta directiva establece parámetros para la calificación de actividades, que no se ajustan a lo señalado en la Ley que Regula la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios " Ley Nº 27626.
Esta norma define a los servicios complementarios como aquellos que son prestados por personas jurídicas que destacan su personal a empresas usuarias, para desarrollar actividades accesorias o no vinculadas al giro de negocio, sin que se especifique una relación de actividades aplicables para este tipo de servicios.
Asimismo, las actividades sugeridas por el Reglamento no son las únicas que pueden desarrollarse a través de la intermediación laboral de servicios complementarios, motivo por el cual dijo no entender porqué al aprobarse la directiva, se han sustituido los parámetros establecidos en la derogada Directiva Nacional Nº 004-2007-MTPE/3/11.2 que permitía el registro de actividades no mencionadas expresamente en la legislación vigente.
Es preocupante que la aprobación de la Directiva tenga por objetivo la desaparición progresiva de este sistema de contratación de trabajadores, el cual generaría 10 mil puestos de trabajo mensuales, puntualiza la CCL.
Por ello, la CCL considera necesaria la inmediata modificación de esta directiva, toda vez que, siendo una norma de menor jerarquía, vulnera lo establecido en la Ley que Regula Intermediación Laboral.
En efecto, la Directiva aprobada por el Ministerio de Trabajo colisiona con lo dispuesto en el artículo 118º de la Constitución que establece que las leyes deben ser reglamentadas por el Poder Ejecutivo sin transgredirlas ni desnaturalizarlas como ha ocurrido en el caso que observamos.
La Cámara ha solicitado una reunión urgente con la Sra. Ministra de Trabajo a fin de estudiar el caso y proponer las medidas correctivas correspondientes.
CCL
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